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Condena por secuelas tras cirugía Lásik

Condena a una clínica murciana de oftalmología por las secuelas de una paciente tras someterse a cirugía Lásik para corregir su miopía

El Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Murcia ha dictado sentencia, tramitada por el abogado Igancio Martínez, adscrito a los Servicios Jurídicos de El Defensor del Paciente, por la que se estima íntegramente la demanda de Doña O. S. L., contra la Clínica O. C., S.L. de Murcia, que es condenada a indemnizar los daños causados a la demandante con ocasión de la cirugía refractiva Lásik que le realizó en ambos ojos en los años 2002 y 2004, así como a pagar las costas del juicio.

La indemnización exacta se fijará en un juicio posterior.

Los hechos se remontan a finales de 2002, cuando la afectada acudió a la clínica demandada en Murcia y fue intervenida con la técnica lásik en ambos ojos para corregir su miopía. Ante el mal resultado pasado 1 año y 10 meses de esta intervención se la intervino de nuevo para retocarla. Tras diferentes exámenes se le diagnostica una muy importante pérdida de visión, debido a una ectasia corneal (queratocono) en ambos ojos, no susceptible de corrección mediante lentes, y que además tiene carácter degenerativo.  La afectada, que contaba con 32 años cuando fue operada, ha visto su vida truncada por estos hechos, y hasta el momento no encuentra unas mínimas garantías en ninguna técnica quirúrgica que le pueda devolver la visión.

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