Condena a Néctar por control de embarazo contrario a la lex artis

LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID CONFIRMA LA CONDENA A LA ASEGURADORA MÉDICA NÉCTAR A INDEMNIZAR A DOS PADRES POR UN CONTROL DEL EMBARAZO EN UNA CLÍNICA DE IBIZA CONTRARIO A LA LEX ARTIS

Resultado de imagen de clinica ginecologicaPor sentencia de 28 de junio de 2019 de la Audiencia Provincial de Madrid (ver adjunto), se estima íntegramente la demanda de M.S.O. y T.U.T, se confirma la sentencia de primera instancia con condena en costas, y se condena a la aseguradora médica NÉCTAR SEGUROS DE SALUD a indemnizar a los dos afectados por un mal control de embarazo en una suma pendiente de concretar. Dicho control ginecológico, que se realizó en una clínica Ibiza, no fue conforme a la lex artis. Debido a esto se los privó del derecho a la interrupción voluntaria del embarazo.

DIAGNÓSTICO DE SÍNDROME DE APERT TRAS EL PARTO

La actora residía entonces en Ibiza y tenía 37 años de edad. Se le controló el embarazo en 2012 como asegurada de Néctar en la Policlínica Nuestra Señora del Rosario. En todo momento se le informó a ella y a su pareja de la normalidad en la evolución. Sin embargo esto mostró no ser cierto cuando dio a luz un feto varón polimalformado con posterior diagnóstico de SÍNDROME DE APERT. Este síndrome es un tipo de acrocefalosindactilia, un trastorno congénito caracterizado por deformaciones en el cráneo, cara, manos y pies que puede conllevar múltiples taras.

En concreto, el hijo de los demandantes presenta un autismo y un  retraso mental y del desarrollo muy intensos. A pesar de los cuidados y desvelos constantes de sus padres y de multitud de intervenciones quirúrgicas, no desarrolla el lenguaje. Es asimismo completamente dependiente en todas sus tareas y no controla esfínteres. Además, tiene problemas motores y de respiración y sueño, estrabismo, así como un asma episódico frecuente.

Por todo ello precisa cuidados y vigilancia constante, aparte de controles e intervenciones en los Servicios de Neurología, Neuropediatría, Ortopedia infantil, Rehabilitación y Fisioterapia, Oftalmología, Atención temprana, Psicopedagogía, Logopedia, estimulación precoz, Otorrino, Neumología y Odontopediatría. En la actualidad tiene un grado de discapacidad del 75% y se le reconoce una situación de dependencia grado III, 91 puntos BVD.

DEMANDA FIRMADA POR EL ABOGADO IGNACIO MARTÍNEZ

Los padres acudieron a la Asociación el Defensor del Paciente y, tras derivarse su caso al letrado Ignacio Martínez, se interpuso demanda contra Néctar como responsable de la asistencia médica de la clínica que ofertó a sus asegurados. La cuestión clave era si, a partir del desgraciado hecho del nacimiento de una criatura con tan graves taras por causas naturales, fue posible con una medicina estándar (correcta lex artis) durante la gestación un diagnóstico prenatal de las malformaciones, el cual hubiera dado lugar al derecho a la interrupción voluntaria del embarazo. Tras el estudio pericial del caso se entendió que sí y que por tanto este era viable.

LA SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA CONDENA EL CONTROL DEL EMBARAZO

La sentencia de primera instancia ya hizo una pormenorizada valoración de la prueba pericial, y entre otros argumentos, tiene en cuenta para estimar la acción:

…hay que destacar que en la imagen tercera se visualiza una de las manos apreciándose que sus dedos se encuentran prácticamente unidos… en el caso de autos, dado que la malformación afecta a ambas manos y pies, su repercusión anatómica y funcional es importante por lo que no puede tildarse de una anomalía congénita menor, nombre que se aplica a las que no comprometen la funcionalidad corporal…

Al respecto hay que indicar que ha de estarse a la valoración de las imágenes que hace el perito de la actora pues la existencia de dicha anomalía resultó confirmada en las pruebas diagnósticas que se le realizaron al menor en el momento de nacer indicándose frente prominente y aplanamiento occipital, y tratándose de una deformidad craneal la misma tenía que aparecer ya en la ecografía practicada en la semana 20, además no se puede olvidar que la craneosinostosis tiene lugar por un  cierre prematuro de las suturas del cráneo por lo que los efectos de dicho cierre precoz o adelantado tuvieron  que  empezar a visualizarse al menos en la ecografía de las 20 semanas en las que el feto está prácticamente formado.

LA AUDIENCIA PROVINCIAL DESESTIMA EL RECURSO DE NÉCTAR

Tras ser apelada por parte de Néctar, ahora la Audiencia Provincial confirma la condena, con imposición en costas. Ello lo hace con una argumentación impecable en la que aborda importantes cuestiones -algunas específicas de la acción de nacimiento no deseado-: la posibilidad de reclamar por cuantía indeterminada a una compañía; la responsabilidad de las aseguradoras médicas por los actos de los médicos de su cuadro; la escasa validez del testimonio en juicio de la ginecóloga autora material del seguimiento del embarazo denunciado; la legitimación activa del padre en este tipo de acción; la extensión del daño a indemnizar, que además del moral ha de incluir el sobrecoste de la crianza del niño con graves taras; y hasta una cierta inversión de la carga de la prueba en este tipo de pleitos…

Desde la Asociación el Defensor del Paciente se hace constar, a propósito de esta sentencia, que ante el drama personal que supone la gestación de un feto malformado la ley establece el derecho de los padres a decidir si se interrumpe el embarazo, evitando con ello una vida de sufrimiento, y esta decisión, que corresponde al ámbito más sensible de los padres y merece todo el respeto, requiere para ser efectiva que los ginecólogos actúen según su lex artis, diagnosticando lo que es posible durante el embarazo, cosa que no ha sucedido en este caso.

El letrado del procedimiento ha sido Ignacio Martínez, abogado especialista en derecho sanitario y colaborador externo de la Asociación el Defensor del Paciente.

 

ENLACES DE PRENSA RELACIONADOS:

Condenan a una clínica de Ibiza por no interrumpir el embarazo de un feto poliformado

Condena en Ibiza por no interrumpir el embarazo de un feto poliformado

Una embarazada de Ibiza no pudo abortar un feto poliformado porque le hicieron mal las pruebas

 

Scroll al inicio