Por sentencia del Tribunal Supremo de 25 de junio de 2024 –notificada el 27, adjunta– se estima la demanda de AVITE, ASOCIACIÓN DE VÍCTIMAS DE LA TALIDOMIDA DE ESPAÑA, y se anulan determinados artículos del RD 574/23. El caso ha sido llevado por el abogado de AVITE, y también adscrito a la Asociación el Defensor del Paciente, IGNACIO MARTÍNEZ.
En respuesta a la lucha de más de 20 años de Avite, en julio de 2023, y tras cinco años de retraso, se promulgó -con una dotación presupuestaria de 130 millones de euros- el RD 574/2023 por el que se ordenaba el pago de determinadas ayudas a los afectados de la talidomida en España. Esta norma era, sin embargo, contraria a derecho, a la ley 6/2018 que desarrollaba y a los intereses de los socios de Avite, en tanto ciertos artículos de la misma limitaban el acceso a las ayudas a favor de aquellos afectados, los menos, que disponían de determinado certificado de enfermedades raras expedido en virtud del informe positivo del Comité Científico Técnico de la Talidomida, del Instituto de la Salud Carlos III. El problema es que los informes negativos erróneos de ese comité no habían podido ser recurridos por los socios injustamente excluidos y, sobre todo, que se producía la contradicción inaceptable de que el propio Estado español tuviera a muchos socios de Avite como afectados de la talidomida en anteriores resoluciones administrativas firmes, como las de las ayudas del RD 1006/2010, la jubilación anticipada según RD 1851/2009, etc., y, sin embargo tuvieran informe negativo y por lo tanto la ayuda denegada. Es decir: el mismo Estado tenía oficialmente a una persona por afectada y no afectada por la talidomida al mismo tiempo.
La STS estima lo pedido por Avite, declara nulos los artículos que eran contrarios a derecho y, con ello, se hace justicia y se subsana esta contradicción por ser contraria al art. 9.3 CE. Esto en la práctica supondrá que las ayudas se extenderán a muchos más afectados socios de Avite para afrontar su difícil vejez.
Carmen Flores, como presidenta de ‘El Defensor del Paciente’, se hace eco de la histórica lucha de los afectados de la taliomida en España. Hay que recordar que, mientras en todo el mundo este fármaco se acabó de dispensar en 1961, cuando ya se sabía lo que causaba, en el caso de España asombrosamente continuó hasta 1985 (como demostró Avite con sus investigaciones y acabó por reconocerse oficialmente en la propia ley 6/2018 y RD 574/23), lo que hace que sea el país donde más se ha cebado la tragedia. Desde ‘El Defensor del Paciente’ se pide al Gobierno que deje de maltratar al colectivo y aplique la sentencia de oficio a todos los casos, y no que obligue a los afectados a tener que hacerla valer ante los tribunales en procedimientos que durarán años, lo que supondrá que las ayudas pierdan su fin, que es el de que los pocos supervivientes que quedan, personas sin brazos ni piernas, tangan medios para hacer frente a las limitaciones añadidas de su vejez.
El caso ha sido llevado por el abogado de Avite, y también adscrito a la Asociación ‘El Defensor del Paciente’, IGNACIO MARTÍNEZ.
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