El SAS indemniza a la familia de un paciente que falleció por no seguir el protocolo que descartara un síndrome coronario agudo

Informamos que la aseguradora del Servicio Andaluz de Salud, ha procedido al  pago de una indemnización de 144.151 Euros a favor de la viuda e hijos del difunto Don G. J. C., que han sido defendidos por los servicios jurídicos de El Defensor del Paciente en Andalucía. Por lo tanto, se produce la satisfacción de lo reclamado en el procedimiento ordinario 133/08 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 8 de Sevilla.

El 3 de marzo de 2007, Don G. J. C., varón de 59 años, acudió a un Centro de Salud de Almería por dolor precordial y malestar general. Tras realizarle un electrocardiograma se le dio de alta recetándole Ibuprofeno y Cloperastina, entendiendo que no tenía más que un dolor muscular.

Unas horas más tarde el paciente falleció en su domicilio, donde fue encontrado por su hija, quien avisó a los servicios de Urgencias que certificaron la muerte por infarto agudo de miocardio.

La familia del fallecido reclamó por esta asistencia médica por entender, con fundamento en el oportuno informe de especialista en cardiología, que en la misma se infringieron los protocolos de manejo del paciente con dolor torácico para descartar un síndrome coronario agudo en la consulta previa en el centro de salud, ya que en la misma no se hizo anamnesis, ni exploración, ni se tomaron las constantes vitales, siendo que el electrocardiograma que se le realizó ya manifestaba alteraciones de la repolarización, sugestivas de posible daño miocárdico.

El dictamen del facultativo del SAS informó, tras diversas consideraciones, que en el caso analizado se produjo un error de diagnóstico en la asistencia del centro de salud.

Tras contestar a la demanda, y antes de proceder a la práctica de prueba, el Servicio Andaluz de Salud mediante resolución de 12 de marzo de 2009 estima la reclamación, lo que ha dado lugar al pago de la indemnización citada.

La defensa de la familia del fallecido, ha sido tramitada por el Letrado D. Ignacio Martínez, especialista en derecho sanitario y adscrito a los servicios jurídicos de El Defensor del Paciente.

 

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