INDEMNIZADA CON CASI MEDIO MILLÓN DE EUROS POR LA PÉRDIDA DE LA FUNCIÓN RENAL TRAS EL PARTO

LA AUDIENCIA PROVINCIAL CONFIRMA LA CONDENA A LA ASEGURADORA DEL SERVICIO MURCIANO DE SALUD A INDEMNIZAR POR UNA MALA PRAXIS POST PARTO CON RESULTADO DE PÉRDIDA DE FUNCIÓN RENAL

La Asociación el Defensor del Paciente informa de que por sentencia (VER SENTENCIA) de 2 de abril de 2019 de la Audiencia Provincial de Madrid, se confirma la anterior de primera instancia y se condena a la compañía de seguros Berkley, como aseguradora del SMS, a indemnizar con 488.631 euros más intereses sancionadores por graves daños con ocasión de una asistencia médica.

El 10/8/12,  I.S.G., de 37 años y residente en Murcia, fue sometida a una cesárea electiva en el HUVA (Hospital Universitario Virgen de la Arrixaca de Murcia) en el parto de su segundo hijo, de la que fue dada de alta cuatro días más tarde sin incidencias. Sin embargo el 20/8/12 sufrió una hemorragia vaginal importantísima e ingresó en urgencias del HUVA, donde se le practicó un legrado, pero como el sangrado persistía se le colocó taponamiento intrauterino. En esos momentos ya le habían empezado a pasar plasma y sangre porque su estado era cada vez más crítico. Siguieron pasando las horas y  la situación era muy grave ya que la paciente  no dejaba de sangrar, por lo que se le practicó  una embolización urgente, cuando ya le fallaban los riñones y tuvo que ser hemodializada (por cierto hasta hoy). Los especialistas en reanimación le indicaron a los ginecólogos que se le debían extraer los coágulos del útero porque estaban provocando más consumo de factores de coagulación, a pesar de lo cual éstos decidieron una actitud expectante. A partir de aquí cada vez su estado fue más grave y a la hemorragia y anuria se le sumó una sepsis generalizada, con necesidad de múltiples transfusiones, aunque inexplicablemente no se la intervino de histerectomía -se sabía que el foco estaba en el útero- hasta  dos días más tarde, el 22 de agosto.  Tras 18 días en rea y un mes en planta fue dada de alta hospitalaria el 9 de octubre de 2012 con tratamiento de diálisis crónico por fracaso renal agudo. Por estos hechos a la paciente se le reconoció la incapacidad laboral absoluta -era de auxiliar clínica- y un 66% de minusvalía.

Por recomendación de una jueza amiga suya la afectada acudió a la Asociación el Defensor del Paciente, y tras ser derivado su caso al letrado Ignacio Martínez se interpuso reclamación patrimonial administrativa en la que la inspección médica del SMS no apreció mala praxis pese a la evidencia de las pruebas; posteriormente se interpuso demanda civil ya en Madrid contra la aseguradora del SMS alegando varios actos médicos contrarios a la lex artis, entre ellos y como principal que transcurrieron 48 horas desde la embolización hasta que se la histerectomizó, cuando el foco de sangrado estaba en el útero y  ya desde aquélla sufría anuria, anemia y luego sepsis, siendo injustificable una actitud expectante durante dos días que estuvo a punto de costarle la vida a la paciente, pero lo que no evitó fue la pérdida de la función renal.

La demanda se estimó en primea instancia y fue apelada por la aseguradora. Ahora la Audiencia Provincial de Madrid confirma la condena y concreta finalmente la cuantía indemnizatoria en 488.631 euros más intereses sancionadores:

…Es el aumento de los marcadores de sepsis el que determina la realización de la histerectomía, situación en la que se encontraba a su ingreso en la unidad de Reanimación, cuyos especialistas sugieren la intervención del útero. No infringe la prohibición de regreso, la valoración efectuada, ya que la situación de la paciente ya en su ingreso en Reanimación tras la embolización aconsejaba la intervención, que se demora por Ginecología, en actitud expectante, sin que concurriera circunstancia alguna sugerente de una evolución favorable de la Sra. S.

A propósito de lo anterior la presidenta de la Asociación el Defensor del Paciente, Carmen Flores, manifiesta que, además de reparar un gravísimo daño injustamente causado a una concreta paciente, sentencias como ésta conllevan el que el poder judicial lleve a cabo un control externo necesario de la actividad médica, sobre todo la pública, del que sin duda se verán favorecidos otros pacientes en el futuro. En este sentido la Asociación el Defensor del Paciente defiende que lo mejor es evitar las malas prácticas médicas, pero que una vez producidas, es necesario que sean depuradas para mantener un sistema sanitario eficaz.

El letrado del procedimiento ha sido Ignacio Martínez García, abogado especialista en derecho sanitario y adscrito a la Asociación el Defensor del Paciente.

 

ENLACES DE PRENSA RELACIONADOS:

Indemnizan con 488.000 euros a una mujer por complicaciones en el parto

El SMS tendrá que indemizar con un millón de euros a una mujer por mala praxis postparto

Condenan al SMS a pagar 488.631 euros por la pérdida de función renal de una paciente tras un parto

 

Scroll al inicio