INDEMNIZADO CON 400.000 EUROS POR UN DIAGNÓSTICO Y TRATAMIENTO TARDÍO DE CÁNCER

LA CONSEJERÍA DE SANIDAD VALENCIANA INDEMNIZA CON 400.000 EUROS A UN PACIENTE AL QUE SE LE DIAGNOSTICÓ Y TRATÓ TARDÍAMENTE UN CÁNCER.

Por auto del Tribunal Superior de Justicia de Valencia de 4 de febrero de 2013 se homologa una transacción judicial (VER ADJUNTOS) suscrita entre la aseguradora de la Consejería de Sanidad de Valencia y los servicios jurídicos de la Asociación El Defensor del Paciente mediante la que se indemniza a Don H. R.M. con 400.000 Euros por una defectuosa asistencia sanitaria, con lo que se acuerda el archivo de los autos.

H.R.M., casado, padre de un hijo y vecino de Orihuela, y entonces de 44 años de edad, comenzó refiriendo dolor en la pierna derecha desde 1999, por lo que se le realizaron distintas pruebas que fueron informadas como de problemas lumbares. En los años siguientes los dolores fueron a más, impidiéndole caminar y trabajar con normalidad , y a pesar de las pruebas se le seguían diagnosticando problemas de espalda atribuidos a una cirugía de hernia discal que se le había realizado.

Una nueva RMN de la pierna derecha arrojó como resultado tumoración de hueco poplíteo

Tras múltiples pruebas a lo largo de varios años, en 2007 una nueva RMN de la pierna derecha arrojó como resultado tumoración de hueco poplíteo de aproximadamente 7 cm de diámetro, sólida, con posibles calcificaciones periféricas, zonas de necrosis en su interior y edema reactivo de grupos musculares adyacentes. Se recomiendó biopsia, la cual informó de “Sarcoma Sinovial Monofásico” por el que se le realizó una amputación supracondílea de fémur derecho.

Se le diagnosticó cáncer en estadio III, con tumor de alto grado, grande y profundo. Con posterioridad recibió radio y quimioterapia, a pesar de lo que en 2011 se detectaron múltiples nuevos nódulos pulmonares metastáticos por lo que fue sometido a toracotomía exploradora con intolerancia funcional al procedimiento quirúrgico por mala reserva pulmonar. Por estos hechos recibió la gran invalidez.

Existió un retraso diagnóstico de más de 2 años

Tras acudir a la Asociación el Defensor del Paciente el paciente demandó a la sanidad pública valenciana por entender que la sintomatología que presentaba era evidente que inicialmente se podía achacar a un problema neurológico lumbar, pero  radiológicamente no había signos de compromiso radicular y dada la clínica y la evolución que presentaba estaba más que indicada la realización de una ecografía o de RMN de la pierna derecha, con la que hubiese podido ser diagnosticado, como se hizo en febrero-marzo de 2007, y que se debió indicar ante la más que evidente discrepancia entre la clínica de dolor en pierna derecha, las pruebas electromiográficas y radiológicas, el descarte de patología vascular y la reconfirmación de la no existencia de patología radicular derecha en el Mielo-TAC de 4-XI-2004, todo lo que supuso un retraso diagnóstico de 29 meses, desde el noviembre de 2004 hasta abril de 2007.

Con un diagnóstico precoz se hubiera podido evitar la amputación

Si se hubiese hecho el diagnóstico 29 meses antes, el tumor hubiera presentado las características que le hubieran conferido un mejor pronóstico, con un tamaño de menos de 5 cm y menos mitosis y necrosis, por lo que es muy posible que se hubiera podido evitar la amputación del miembro y haber realizado una cirugía de exéresis amplia o radical. Y de la probabilidad de supervivencia a los 5 años del 16% en el estadio III, se podía haber pasado a un 80% en el estadio I o, en el peor de los casos, a un 66% en el estadio II.

Antes de llegar a la fase de prueba del pleito las partes han llegado al acuerdo citado.

El caso ha sido tramitado por el letrado IGNACIO MARTÍNEZ GARCÍA, especialista en derecho sanitario y colaborador externo de la Asociación el Defensor del Paciente.

 

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