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CONDENA AL SMS POR IGNORAR DURANTE 5 AÑOS UN DIAGNÓSTICO EN HEPATITIS C QUE DERIVÓ EN CÁNCER DE HÍGADO

El TSJ de Murcia condena al SMS por pasar por alto cinco años un positivo por HEPATITIS C con la consecuencia de que el paciente acabó desarrollando cáncer de hígado.

Por sentenciaadjunta– de 14 de febrero pasado, que por la huelga de LAJ´s no se ha notificado hasta  el 24 de marzo de 2023, el TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA estima la demanda de un paciente y condena a la sanidad pública murciana a indemnizarle con 55.000 euros -computando principal e intereses- por una asistencia médica negligente de todo plano. El letrado del caso ha sido Ignacio Martínez.

Los hechos son sencillos y contundentes, y tienen lugar en el CS de La Alberca y el Hospital Virgen de la Arrixaca: al afectado, de 51 años de edad y residente en Murcia a la fecha de los hechos, se le hizo en 2012 una analítica que dio positivo para VHC, analítica que fue ignorada durante cinco años, siendo que por no haber sido tratado la infección le causó cirrosis y cáncer hepático. Por estos hechos el afectado se dirigió a la ASOCIACIÓN EL DEFENSOR DEL PACIENTE, que derivó su caso al letrado especialista IGNACIO MARTÍNEZAhora la sentencia da la razón al paciente:

…no se discute que el resultado de la serología realizada al actor en diciembre de 2012 pasó inadvertida hasta que se detectó en la consulta del Servicio de Digestivo el 6 de julio de 2017, lo que, por si solo denota un mal funcionamiento del servicio médico. …De lo que no cabe duda es que al no atender al resultado de la serología se perdió la oportunidad de saber si la infección estaba activa y en ese caso, tratarla de la forma que fuera posible.  Esta pérdida de oportunidad es un verdadero daño que resulta indemnizable. …1º.- El retraso diagnóstico está plenamente reconocido. Juicio crítico informe de la Inspección: “7. Este periodo de varios años ha supuesto un retraso en el diagnóstico de la hepatitis C que padecía el paciente. …2º- Todos los informes periciales que obran en autos coinciden en considerar la alta probabilidad que existe en que una hepatitis C cronificada derive en cirrosis y que se termine desarrollando un hepatocarninoma como ha ocurrido en este caso.

La sentencia estima, eso sí, una indemnización que se considera baja, basándose en que …En cuanto al hepatocarcinoma el examen anatomopatológico de la pieza extirpada evidenció que la enfermedad estaba curada y que la neoplasia estaba en un estadio inicial. Aunque no se puede descartar la posibilidad de desarrollar un nuevo hepatocarcinoma, después de haber extirpado el existente, porque aunque el paciente se había curado de la infección por VHC), no de la cirrosis hepática, cuyo único tratamiento era un trasplante de hígado.

Hasta aquí estaríamos ante un caso más de una evidente mala praxis. Sin embargo, la presidenta de la Asociación el Defensor del Paciente Carme Flores quiere llamar la atención acerca de que, pese a lo palmario de los hechos, la víctima no solo ha tenido que padecer la negligencia descrita, sino que una vez que denunció los hechos, los médicos autores materiales del daño en informes ex post y el servicio jurídico del SMS a través de su letrada -y en contra del parecer de la inspección médica- culparon al propio paciente de lo ocurrido, con todo tipo de argumentos inadmisibles, entre los que incluyeron el no haber preguntado por su analítica desde 2012, y que la hepatitis respondería a su mal control de la diabetes y a su hábito alcohólico, llegando pedir al tribunal que se le condenase en costas …pues durante la práctica de la prueba se había demostrado que al paciente se le atendió en todo momento de forma diligente y que fueron sus patologías de base y su mal control, atribuible a él mismo, los que influyeron en que su evolución fuera hepática negativa. No se pueden realizar imputaciones, que se apoyan exclusivamente en hipostesis sin confirmar, culpabilizando a los médicos de eventos que no dejan de sobrepasar el plano de meras conjeturas (sic).

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Indemnización de aseguradora de otorrinolaringólogo almeriense

LA ASEGURADORA DEL ESPECIALISTA EN OTORRINOLARINGOLOGÍA DE ALMERÍA DR. F.A.M. INDEMNIZA CON 95.000 EUROS

UN ERROR DE DIAGNÓSTICO DE CÁNCER DE UN PACIENTE QUE ACABÓ FALLECIENDO

D.B.L., de 54 años de edad, acudió en junio de 2017 a la consulta del médico privado (otorrinolaringólogo) en Almería Dr. F.A.M por dolor en la garganta, tos y expectoración hemoptoica. Se trataba de un paciente fumador de más de un paquete de tabaco diario durante más de 25 años. Tras ser explorado, el médico le quitó importancia y le pidió una TAC, que el 4/7/17 mostró una adenopatía cervical de 16×13 en nivel III izquierdo. El Dr. M. le dijo que no era nada y que “no se obsesionara”.

Cuatro meses después el paciente acudió a otro otorrinolaringólogo de Almería, quien al revisar esa misma TAC dijo que se veían claros signos de malignidad; le prescribió una fibrolanringoscopia en la que apareció una tumoración en el seno piriforme izquierdo con desplazamiento laríngeo, además de adenopatías cervicales. Ante ello derivó urgentemente al paciente al Hospital público Torrecárdenas para diagnóstico/tratamiento y traqueotomía emergente. Allí le diagnosticaron una tumoración en el seno piriforme que comprimía la vena yugular izquierda en estadío IV con un pronóstico desfavorable. Tras seis meses de tratamiento de quimio y radioterapia y diversas complicaciones, el pasado 6 de mayo falleció.

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Condena de 60.000 euros por un tumor cerebral tras dos operaciones negligentes

Condena de 60.000 euros por un tumor cerebral que los servicios médicos de SEGURCAIXA ADESLAS no extirparon a una joven tras mentirle dos veces seguidas

Resultado de imagen de tumor cerebralPor sentencia (ver adjunto) de 4 de octubre de 2019 del Juzgado de Primera Instancia 36 de Madrid, se estima íntegramente la demanda de M.C.C., con la consecuente condena de 60.000 euros por un tumor cerebral no extirpado por los servicios médicos de la aseguradora médica Segurcaixa Adeslas, más intereses sancionadores y costas.

DOS INTERVENCIONES CRANEALES SIN RESULTADO ALGUNO

Los hechos que han dado lugar a esta sentencia resultan realmente insólitos. El 21 de septiembre de 2010 MCC tenía 17 años. Se le diagnosticó un tumor en el cerebro. Fue intervenida en Sevilla el 18-1-2011 mediante craneotomía para su extirpación. Se le dio el alta a la paciente con la «confirmación» de la extirpación del tumor. Confiada, reanudó su vida normal. Sin embargo, un hallazgo casual reveló el 30 de septiembre de 2011 que en absoluto se había extirpado el tumor. Este, además, permanecía según las imágenes con igual tamaño y localización.

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Indemnización de 100.000 euros por diagnóstico tardío de cáncer de colon

EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE VALENCIA CONDENA A LA CONSEJERÍA DE SANIDAD VALENCIANA A INDEMNIZAR CON 100.000 EUROS A UNA PACIENTE POR UN DIAGNÓSTICO TARDÍO DE CÁNCER DE COLON

Resultado de imagen de consejeria salud valenciaCon fecha 13 de enero de 2017 se ha dictado sentencia por el Tribunal Superior de Justicia de Valencia (ver adjunto), por la que se estima la demanda doña M.O.C. y se condena a la Consejería de Sanidad de Valencia a indemnizarla con 100.000 euros por su diagnóstico tardío de cáncer de colon.

 

CÁNCER DE COLON SIN DIAGNOSTICAR POR TOTAL NEGLIGENCIA

La paciente, natural de Madrid, tenía entonces 63 años. Desde el 17 de febrero de 2011 acudió en diversas ocasiones a la consulta de su médico en el CS de Guardamar del Segura. El motivo fue fatiga y otros síntomas. Por esta razón recibió tratamiento de anemia ferropénica. Asimismo, una analítica de sangre en heces dio positivo el día 17/06/2011. Pero el médico no prescribió ninguna prueba más y se limitó a tratar la anemia. Esto lo hizo sin excusa alguna y con infracción de la más elemental lex artis médica y medida de cuidado, pues incluso luego el mismo médico reconoció que, ante dicho resultado positivo, se ha sospechar cáncer de colon.

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Indemnización por diagnóstico de cáncer de colon tardío de 70.000 euros

EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA CONDENA AL SERVICIO MURCIANO DE SALUD A INDEMNIZAR CON  70.000 EUROS A LOS HIJOS DE UNA PACIENTE QUE MURIÓ POR UN TUMOR NO DIAGNOSTICADO

Imagen relacionadaCon fecha 20 de septiembre de 2016 se ha dictado sentencia por el Tribunal Superior de Justicia de Murcia (se aclara que la sentencia propiamente es de 19 de febrero de 2016, pero es en septiembre cuando se ha corregido un error material de la misma; ver sentencia adjunta y auto que la corrige), por la que se estima la demanda de los cuatro hijos de J.A.G., y se condena al Servicio Murciano de Salud a una indemnización de 70.765 euros más intereses legales por el diagnóstico tardío de cáncer de colon que causó su muerte.

DIAGNÓSTICO TARDÍO DE CÁNCER DE COLON Y SUBSIGUIENTE MUERTE

Doña J. A. G. tenía 72 años de edad y era vecina del municipio murciano de Totana. Sufrió diversos episodios de caídas domiciliarias, pérdida de apetito y peso, náuseas, vómitos, distensión abdominal y estreñimiento desde primeros de 2009. Por esto la asistió en diversas ocasiones su médico de cabecera y los facultativos del Hospital Rafael Méndez de Lorca y de la Arrixaca. El 27-02-09,  debido a que la paciente tenía el intestino paralizado, los facultativos informaron a la familia de que quizá había que operar para saber qué le producía la obstrucción. Sin embargo, finalmente se adoptó una actitud conservadora con aplicación de enemas.

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Indemnización de 100.000 euros por la muerte en el Hospital de Cieza de un paciente

LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID CONDENA A LA ASEGURADORA DEL SERVICIO MURCIANO DE SALUD A UNA INDEMNIZACIÓN POR LA MUERTE DE UN PACIENTE EN EL HOSPITAL DE CIEZA

Resultado de imagen de hospital ciezaPor sentencia (ver adjunto) de 13 de mayo de 2016 de la Audiencia Provincial de Madrid, se estima el recurso de apelación y con ello la demanda de V.M.M., y se condena a Berkley como aseguradora de la sanidad pública murciana a una indemnización de 100.000 euros más intereses sancionadores por la muerte de su marido en el Hospital de Cieza.

RETRASO EN EL DIAGNÓSTICO DE CÁNCER DE COLON Y EN LA INTERVENCIÓN POR PERITONITIS

Don J.A.C.T. tenía 78 años, estaba casado con cuatro hijos y era vecino de Cieza. Se le detectó anemia severa con fecha 27-8-12. Por ello se lo envió a digestivo del Hospital de Cieza para estudio. Allí se le diagnosticó de neoplasia de sigma, por lo que entró en lista de espera para tratamiento quirúrgico. En espera de la intervención sufrió empeoramiento por el que recibió transfusiones. Se le intervino el 19-10-12, a pesar de que no consiguió completar la preparación intestinal por distensión abdominal. Presentó dolor abdominal y vómitos y no se puso ni un segundo ningún enema de limpieza.

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INDEMNIZADO CON 400.000 EUROS POR UN DIAGNÓSTICO Y TRATAMIENTO TARDÍO DE CÁNCER

LA CONSEJERÍA DE SANIDAD VALENCIANA INDEMNIZA CON 400.000 EUROS A UN PACIENTE AL QUE SE LE DIAGNOSTICÓ Y TRATÓ TARDÍAMENTE UN CÁNCER.

Por auto del Tribunal Superior de Justicia de Valencia de 4 de febrero de 2013 se homologa una transacción judicial (VER ADJUNTOS) suscrita entre la aseguradora de la Consejería de Sanidad de Valencia y los servicios jurídicos de la Asociación El Defensor del Paciente mediante la que se indemniza a Don H. R.M. con 400.000 Euros por una defectuosa asistencia sanitaria, con lo que se acuerda el archivo de los autos.

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Retraso en detectar tumor cerebral y condena al SAS

Condena al SAS por retraso diagnóstico a un paciente al que no detectaron tumor cerebral

El Juzgado de los contencioso administrativo nº 1 de Sevilla estima la demanda de Don E. H. M. y condena al SAS y a su aseguradora a indemnizarlo con 35.000 euros por el retraso en detectar un tumor cerebral.

TUMOR CEREBRAL Y NO OTOSCLEROSIS

El paciente acudió a la Asociación El Defensor del Paciente, que derivó su caso al abogado Ignacio Martínez. Se presentó en mayo de 2006 reclamación patrimonial ante el SAS que se desestimó en 2009. Contra dicha desestimación expresa se interpuso demanda ante el juzgado contencioso administrativo de Sevilla. En ella se denunciaron, en síntesis, los siguientes hechos:

En octubre de 2004 el demandante empezó a sufrir pérdida de equilibrio, mareos, acúfenos y sensación de que los objetos se movían. Por ello acudió sin demora a su médico de cabecera en el Centro de Salud de Almería. Este lo derivó al especialista de ORL con un pase preferente. Sin embargo, el otorrino le diagnosticó, sin pruebas clínicas, otosclerosis.

Ante la gravedad de los síntomas y guiado por su intuición el paciente decidió ir a una clínica privada en Granada. Allí con una simple RM le diagnostican el 8 de abril de 2005 un tumor cerebral (neurinoma del VIII par). Fue intervenido quirúrgicamente del mismo mediante exéresis vía retrosigmoidea derecha el 15/6/05 y dado de alta el 13 de julio siguiente. Presentaba pérdida de audición en un oído, problemas en un ojo y parálisis facial.

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