Por sentencia –adjunta– de 3 de abril de 2024-, un juzgado de lo contencioso administrativo de Almería estima íntegramente la demanda de la viuda, hijos y hermana de un paciente que murió por mala praxis, reconociéndoles su derecho a ser indemnizados en cuantías que superan los 400.000 euros, sumando principal, intereses y costas.El caso ha sido llevado por el letrado de la Asociación el Defensor del Paciente Ignacio Martínez.M.S.A., de 56 años y vecino de Albox, Almería, era un paciente que fue derivado al Hospital Torrecárdenas de Almería desde el Hospital La Inmaculada Huércal en febrero de 2018. Allí desgraciadamente lo dieron por perdido desde el primer momento, a pesar de que se sospechó desde el día 5 un colangiocarcinoma para el que sí había un tratamiento, que era la cirugía para evitar la obstrucción biliar. En lugar de centrarse en esta opción, que era lo vital, los médicos se emplearon en lo secundario: interconsultar con psiquiatría y practicarle una punción tres días más tarde para alargar unas horas su vida, sin pasarlo a UCI ni siquiera cuando entró en estado crítico. En definitiva, en ningún momento se contempló la opción tanto quirúrgica como de medicina intensiva que pudiera haberle salvado al paciente por una colangitis.Por estos hechos la familia se dirigió a la ASOCIACIÓN EL DEFENSOR DEL PACIENTE, que derivó su caso al letrado especialista IGNACIO MARTÍNEZ. Tras el estudio pertinente se interpuso reclamación patrimonial administrativa contra el SAS y posterior demanda ante el juzgado de lo contencioso administrativo de Almería. Ahora la sentencia les da la razón íntegramente la razón: …La discusión se centra en que para el perito de la actora, para evitar dicho desenlace debía haber sido operado el paciente, mientras que para los médicos del SAS ello no era siquiera una opción… Sorprende que, pese a que poco antes de la muerte del paciente ya se sospechara de que padecía colangiocarcinoma (como consta en el folio 432 EA), lo único que se decidió fue interconsultar con psiquiatría (folios 433 y 450 EA), ello el 5/02/18, cuando es lo cierto que en el hospital del que procedía, La Imacualda, el día 2/02/18, por el Dr. García Olivares sí se planteó dicha interconsulta con cirugía (folio 516 EA). …Por otro lado, también sorprende que se sometiera al paciente el día 8/02/18 a una punción (folio 71 EA), que tenía por objeto únicamente alargarle la vida unos días, según reconocen en la vista los dos primeros médicos que depusieron a instancias de la parte demandada, siendo una técnica del todo invasiva sin que ni siquiera se plantearan la cirugía para resecarle el colangiocarcinoma, ni se llegó a consultar con cirugía una posible resección para evitar la obstrucción de la vía biliar, así lo reconoció el Dr. …en el plenario. Siendo ello la única posibilidad con la que se podría haber salvado la vida al paciente, según sostuvo con rotundidad el perito de la parte actora…Llama la atención, igualmente, que tras el estado en el que quedó el paciente tras la punción transparietohepática, en estado agónico, pues consta en la historia clínica “[…] Avisa enfermería para valorar a este paciente por franco deterioro de su estado general. […] A mi llegada el paciente se encuentra en situación agónica, con respiración terminal superficial y pausas de apnea, desconectado del medio, no colabora ni obedece órdenes ni emite respuesta verbal” (folio 430 EA), que no fuera derivado a la UCI. El especialista de digestivo, el Dr. …, dijo que allí van para un soporte que no se les pueda dar en planta, lo que es claro que pasa con un paciente muy grave; y dice el radiólogo Dr. … que en esa época tras la punción pasaban a planta, y ahora lo hacen a REA, salvo que el paciente esté mal, sin que se comprenda por la que provee que se pueda estar peor que en estado agónico. Preguntado precisamente sobre ello, esto es, que el paciente estaba en estado agónico, simplemente se excusa con que él no fue quien intervino. …En definitiva, en ningún momento se contempló la opción tanto quirúrgica como de medicina intensiva que pudiera haber salvado al paciente de una colangitis… Por lo que es evidente que en el caso de autos no se actúo de forma correcta…
El pleito ha sido llevado por el letrado IGNACIO MARTÍNEZ, especialista en derecho sanitario adscrito a la Asociación EL DEFENSOR DEL PACIENTE.
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https://www.diariodealmeria.es/almeria/Condena-SAS-paciente-obstruccion-Almeria_0_1894011845.html