Condena por no anticoagular a un paciente que acabó muriendo por un tromboembolismo tras una cirugía en Granada
Por sentencia –ver adjunta– de 23 de junio de 2023, un juzgado de primera instancia de Santa Fe, Granada, estima la demanda interpuesta contra una aseguradora por una negligencia médica con resultado de muerte. El letrado del caso ha sido Ignacio Martínez.
El 16/11/2018 el Sr. E, de 78 años de edad y vecino de Granada, con antecedentes de hipertensión arterial, diabetes mellitus tipo 2, cardiopatía isquémica crónica y enfermedad renal crónica, se sometió a una cifoplastia en el Hospital Vithas de Granada sin proporcionarle antes ni después profilaxis antitrombótica, siendo que acabó muriendo de tromboembolismo pulmonar agudo dos semanas más tarde, el 1/12/18.
La familia del fallecido entendió que los factores de riesgo que presentaba obligaban a la profilaxis con anticoagulantes antes y después de la intervención, y la ausencia de dicho tratamiento conllevó que éste sufriera el tromboembolismo pulmonar agudo que le causó la muerte. Por ello se dirigieron a la ASOCIACIÓN EL DEFENSOR DEL PACIENTE, que derivó su caso al letrado especialista IGNACIO MARTÍNEZ. Ahora la sentencia les da la razón:
…ha de hacerse referencia a los factores de riesgo inherentes al procedimiento de cirugía … del informe pericial de la Dra. C., documento número 2 de los aportados junto con la contestación a la demanda) respecto de la que tampoco hubo consenso entre los distintos peritos intervinientes en el acto del juicio en cuanto a la clasificación de la cifoplastia. El Dr. S. puso de manifiesto su consideración de que dicha intervención presenta un Nivel 3, mientras que tanto D. M., como Dª. E. negaron que se alcanzase dicho nivel, siendo considerada como una intervención de Nivel 1 en el caso de la Sra. C. Sin embargo, de la prueba aportada al procedimiento parece más aconsejable hacer una clasificación en Nivel 2 dado que en la cifoplastia practicada consiste en una cirugía de la columna en la que, además, se cumplió el doble criterio de anestesia general (aunque inicialmente se estimase necesaria únicamente la anestesia local) y duración superior a 60 minutos. Partiendo de esos dos niveles aludidos, relativos a los factores de riesgo del paciente (Nivel 2) y factores de riesgo del procedimiento (Nivel 2), la Tabla 3 -pág. 11- prevé una categoría de riesgo tromboembólico “Moderado”, por lo que, de conformidad con el propio informe de la Perito de la parte demandada “[…] debe hacerse profilaxis, inexcusablemente, en las categorías de riesgo moderado, alto y muy alto”, con lo cual debe estimarse que la no aplicación de dicha profilaxis supuso una mala praxis médica por no sujetarse el Dr. P a las recomendaciones de los protocolos o guías médicas de actuación aplicables al presente caso.
Respecto de la cuantía indemnizatoria, la sentencia resuelve que …ha de fijarse una proporción del 20% en la reducción de la indemnización en atención a no haber evitado el reposo absoluto. Dado que solo reclamaba en este pleito una de las hijas, la cantidad se fija en algo más de 16.000 euros, importe que tendrá que ampliarse notablemente cuando por los mismos hechos reclamen la viuda y resto de hijos.
La presidenta del Defensor del Paciente, Carmen Flores, recuerda lo fundamental de cumplir los protocolos médicos para evitar muertes innecesarias como en este caso.
El pleito ha sido llevado por el letrado IGNACIO MARTÍNEZ, especialista en derecho sanitario adscrito a la Asociación EL DEFENSOR DEL PACIENTE.